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Ley Foral Vigente

Artículo 111. Órganos de gobierno y administración.

Artículo 111 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra. · BOE-A-2007-9893

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-13.

Texto consolidado

1. Corresponde, con carácter general, al Departamento competente en materia de patrimonio designar a los representantes en la Junta General de la sociedad pública.

2. La Junta General propondrá el nombramiento de los miembros del Consejo de administración, previa autorización del Departamento competente en materia de patrimonio.

3. Los representantes de la Comunidad Foral en los órganos de gobierno y administración de las sociedades públicas cumplirán las instrucciones que, para el adecuado ejercicio de los derechos inherentes a la titularidad de las acciones, considere oportuno impartirles el Departamento competente en materia de patrimonio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-13.

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