Artículo 110. Representación de la Administración de la Comunidad Foral en las sociedades públicas.
Artículo 110 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra. · BOE-A-2007-9893
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-13.
Texto consolidado
El ejercicio de los derechos de la Comunidad Foral de Navarra en las sociedades públicas corresponde al Departamento competente en materia de patrimonio, que lo podrá transferir a cualquier otro Departamento con el alcance y extensión que determine.