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Ley Foral Vigente

Artículo 111. Procedimiento electrónico.

Artículo 111 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. · BOE-A-2019-4299

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-15.

Texto consolidado

1. La Administración Pública Foral garantizará que se pueda iniciar y tramitar cualquier procedimiento administrativo por medios electrónicos, sin otras limitaciones que no sean aquellas impuestas por la tecnología.

2. La Administración Pública Foral promoverá la racionalización, simplificación y actualización periódica de estos procedimientos.

3. Todos los procedimientos se formalizarán mediante un expediente administrativo electrónico, en los términos establecidos en la legislación básica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-15.

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