Artículo 111. Prescripción de las sanciones.
Artículo 111 de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía. · BOE-A-2026-423
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-24.
Texto consolidado
1. Los plazos de prescripción de las sanciones administrativas tipificadas por la presente ley son los siguientes:
a) Tres años para las muy graves.
b) Dos años para las graves.
c) Un año para las leves.
2. Dichos plazos empiezan a contar desde que la sanción administrativa haya adquirido firmeza.