Artículo 111. Sanciones por infracciones graves.
Artículo 111 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. · BOE-A-2019-4455
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-05.
Texto consolidado
A las infracciones graves se les podrán imponer una o algunas de las siguientes sanciones:
a) Inhabilitación de un mes y un día hasta un año para el desempeño de cargos y funciones en entidades deportivas.
b) Revocación de licencia deportiva e inhabilitación para su obtención hasta un año.
c) Clausura de las instalaciones deportivas entre uno y tres partidos o, en su caso, hasta un mes.
d) Prohibición de acceso al recinto deportivo de hasta un año.
e) Celebración de la prueba o encuentro a puerta cerrada.