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Ley Vigente

Artículo 111. Prescripción de las sanciones.

Artículo 111 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi. · BOE-A-2022-951

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

Las sanciones impuestas por las infracciones previstas en esta ley prescribirán, en el caso de las muy graves, a los cinco años, las impuestas por las infracciones graves a los tres años, y las impuestas por las leves al año. El plazo de prescripción comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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