Artículo 110. Sanciones y otras medidas.
Artículo 110 del Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios. · BOE-A-1995-5653
Atención: Real Decreto 109/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por el art. único.14 del Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre. Ref. BOE-A-2010-14657.
Se convierten a euros las cuantías contempladas en el apartado 1 por el apartado 9 de la Resolución de 19 de noviembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-23617.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-14657.