Artículo 110. Régimen jurídico.
Artículo 110 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Consejo de Gobierno establecerá, en el marco de los criterios generales que determine el Consejo Social, el procedimiento al que se atendrá la adjudicación de las becas y ayudas al estudio de la propia Universidad, considerando las modalidades de exención parcial o total del pago de los precios públicos por prestación de servicios académicos. En cualquier caso, las solicitudes serán atendidas respetando los principios de publicidad, transparencia, igualdad, especialmente de condiciones físicas, materiales, de mérito y capacidad, y en la medida en que lo permitan sus recursos. Se prestará especial atención a las personas con cargas familiares, víctimas de la violencia de género y personas con dependencia y discapacidad, garantizando así su acceso y permanencia a los estudios universitarios.
2. Particularmente, con el fin de contribuir a la formación de los estudiantes, el Consejo de Gobierno regulará el sistema de becas de colaboración para que los estudiantes realicen tareas de apoyo a la actividad universitaria e iniciación a la investigación. Los Centros, Departamentos, Institutos y Servicios Universitarios podrán destinar parte de sus recursos a estas becas de colaboración.