Artículo 11.
Artículo 11 de la Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas. · BOE-A-1969-689
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-06-23.
Texto consolidado
Son miembros de honor y de mérito las personas naturales designadas por la Junta General del Colegio que rindan o hayan rendido servicios destacados al mismo o a la profesión, sean o no Administradores y sean nacionales o extranjeros.