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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Igualdad retributiva de las personas trabajadoras a tiempo parcial.

Artículo 11 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. · BOE-A-2020-12215

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

Texto consolidado

Las personas trabajadoras a tiempo parcial tienen los mismos derechos, incluidos los retributivos, que las personas trabajadoras a tiempo completo.

En este sentido, el principio de proporcionalidad en las retribuciones percibidas resultará de aplicación cuando lo exijan la finalidad o naturaleza de estas y así se establezca por una disposición legal, reglamentaria o por convenio colectivo.

Cualquier reducción proporcional deberá garantizar asimismo que no tenga repercusión negativa alguna en el disfrute de los derechos relacionados con la maternidad y el cuidado de menores o personas dependientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-14.

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