Artículo 11. Consignaciones y depósitos para recurrir por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.
Artículo 11 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
Por la consignación, constitución y retirada de avales, depósitos y mandamientos judiciales de pago o de devolución, efectos públicos, acciones o valores, el profesional de la Procura interviniente percibirá la cantidad máxima de 15,00 euros.