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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Elementos prohibidos.

Artículo 11 del Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. · BOE-A-2017-3550

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-01.

Texto consolidado

La solicitud de patente no podrá contener:

a) Elementos contrarios al orden público y a las buenas costumbres.

b) Declaraciones denigratorias relativas a productos o procedimientos de terceros o al mérito o validez de las solicitudes de patentes o patentes de terceros. Las simples comparaciones con el estado de la técnica no serán consideradas en sí mismas como denigrantes.

c) Elementos manifiestamente extraños a la solicitud o superfluos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-04-01.

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