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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Cuantificación del daño.

Artículo 11 del Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. · BOE-A-2008-20680

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

Texto consolidado

1. Los operadores cuantificarán el daño. La cuantificación consistirá en estimar el grado de exposición por parte de los receptores afectados al agente causante del daño y en la medición de los efectos que éste produce sobre aquéllos.

2. Para cuantificar el daño los operadores identificarán, describirán y evaluarán la extensión, la intensidad y la escala temporal del daño.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

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