El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 11.

Artículo 11 del Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. · BOE-A-1986-25968

Atención: Real Decreto 2020/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Declarada la quiebra de una Entidad aseguradora, la Comisión asumirá las funciones de Comisario, Depositario y Síndicos, según lo dispuesto en el artículo 6.º 2 del Real Decreto-ley 10/1984. La Junta Rectora podrá designar, en este caso, uno o más Delegados para el ejercicio de sus funciones, resarciéndose la Comisión de los honorarios que a éstos haga efectivos con cargo a los fondos de la Entidad quebrada y en la cuantía y forma señalada por el Juzgado para retribuir el desempeño de los expresados cargos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-10-01.

Más artículos de Real Decreto 2020/1986

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 2020/1986 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.