Artículo 11.
Artículo 11 del Real Decreto 1084/1991, 5 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas. · BOE-A-1991-18227
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-07-16.
Texto consolidado
La Administración de las Sociedades Anónimas Deportivas corresponderá exclusivamente a un Consejo de Administración compuesto por un mínimo de siete miembros. El número máximo se fijará en los Estatutos.