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Orden Vigente

Artículo 11. Objetivo del juego de Black Jack.

Artículo 11 de la Orden EHA/3088/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica del juego del Black Jack. · BOE-A-2011-17972

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-18.

Texto consolidado

El objetivo del juego de Black Jack consiste en alcanzar en una mano de naipes la suma de veintiún puntos o una suma inferior a veintiuno y superior al valor de la mano que juega la banca.

El Black Jack se juega con seis barajas inglesas, de cincuenta y dos cartas cada una, excluidos los comodines, excepto que en alguno de los tipos que se describen en el anexo IV de la presente Orden se establezca otro número de barajas. Los naipes tienen el siguiente valor:

a) Las figuras tienen un valor de diez puntos.

b) El as tiene un valor de un punto o de once, según convenga al participante.

c) El resto de cartas tienen su valor nominal.

Las cartas se extraerán de un recipiente o distribuidor en un orden aleatorio, establecido al principio de la sesión del juego y que ha de figurar en las reglas particulares del juego. Desde este distribuidor, las cartas aparecerán de una en una.

La mano que juega la banca deberá seguir siempre las reglas establecidas para cada tipo de juego en esta Reglamentación básica y en las reglas particulares del operador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-18.

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