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Ley Orgánica Vigente

Artículo 11. Régimen económico-financiero y patrimonial.

Artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. · BOE-A-2013-11935

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-16.

Texto consolidado

1. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal dispondrá de patrimonio propio, que será independiente del patrimonio de la Administración General del Estado.

2. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal dispondrá para el cumplimiento de sus fines de recursos económicos y humanos suficientes, siendo su vía fundamental de financiación las tasas de supervisión que se determinen mediante Ley y los precios públicos por estudios, que deberán satisfacer las Administraciones Públicas sobre las que ejerce sus funciones.

3. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal también contará con los siguientes bienes y medios económicos:

a) Las asignaciones que se establezcan anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.

b) Los bienes y derechos que constituyan su patrimonio, así como los productos y rentas del mismo.

c) Cualesquiera otros que legalmente puedan serle atribuidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-11-16.

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