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Ley Vigente

Artículo 11. Programación de estrategias y acciones de desarrollo.

Artículo 11 de la Ley 7/1996, de 10 de julio, de desarrollo comarcal. · BOE-A-1996-19262

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-20.

Texto consolidado

La programación de estrategias y acciones de desarrollo comprenderá, al menos, los siguientes apartados:

1. Los factores diferenciales de la comarca.

Se determinará, a partir de los estudios realizados, un diagnóstico de las potencialidades de la comarca. Comprenderá tanto las debilidades estructurales como las oportunidades existentes, determinando las ventajas diferenciales que constituyen -o pueden constituir- el fundamento para el desarrollo de la comarca.

2. Objetivos estratégicos.

A partir de los factores diferenciales se hará una selección de prioridades y objetivos a fin de establecer una estrategia integrada de desarrollo comarcal.

3. Acciones de desarrollo.

Cada objetivo estratégico se compone de un conjunto de acciones de desarrollo, es decir, actuaciones que se considera necesario realizar en el período de vigencia del plan para la consecución de dichos objetivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-07-20.

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