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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 11. Director-Conservador.

Artículo 11 de la Ley 7/1988, de 30 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional de Aigüestortes y Lago de Sant Maurici. · BOE-A-1988-10914

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-12.

Texto consolidado

La responsabilidad de la Administración del Parque Nacional corresponde a un Director-Conservador, nombrado por el Consejo Ejecutivo a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca. Este cargo recaerá en una persona con titulación universitaria superior e idónea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-01-12.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1991-2941.

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