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Ley Derogada

Artículo 11. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales.

Artículo 11 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. · BOE-A-1997-7878

Atención: Ley 6/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los Ministros son los jefes superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado.

2. Los órganos directivos dependen de alguno de los anteriores y se ordenan jerárquicamente entre sí de la siguiente forma: Subsecretario, Director general y Subdirector general.

Los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario y los Secretarios generales técnicos tienen categoría de Director general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-05-05.

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