Artículo 11. El Registro de órganos de gestión de figuras de calidad agroalimentaria.
Artículo 11 de la Ley 5/2005, de 1 de junio, de los sistemas de protección de la calidad agroalimentaria. · BOE-A-2005-10459
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-08.
Texto consolidado
1. Se crea el Registro de órganos de gestión de figuras de calidad agroalimentaria que comprenderá todos aquellos órganos de gestión que hayan sido autorizados o constituidos previamente por la autoridad competente.
2. Reglamentariamente se establecerá el funcionamiento y la adscripción de este registro.