Artículo 11. Órganos.
Artículo 11 de la Ley 5/1998, de 17 de abril, de Puertos de Cataluña. · BOE-A-1998-12320
Atención: Ley 5/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los órganos de la entidad Puertos de la Generalidad son los siguientes:
a) De gobierno:
Presidente o Presidenta.
Vicepresidente o Vicepresidenta.
Comité Ejecutivo.
b) De gestión:
Gerente.
c) De consulta y asistencia:
Consejo de Gobierno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa..