Artículo 11. Composición y funcionamiento.
Artículo 11 de la Ley 4/2023, de 27 de abril, del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias. · BOE-A-2023-13537
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-11.
Texto consolidado
1. La Comisión Consultiva de Consumo de Euskadi será presidida por quien ostente la Dirección de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo y estará integrada por representantes de los intereses sociales, profesionales y económicos, de las administraciones públicas con competencias en las materias que afecten al sector del consumo y de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias. En su composición, se promoverá que los representantes designados sean conocedores y puedan expresarse tanto en euskera como en castellano.
2. Reglamentariamente se desarrollará su composición y régimen de funcionamiento.