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Ley Vigente

Artículo 11. El Vicepresidente del Consejo de Dirección.

Artículo 11 de la Ley 3/2005, de 12 de mayo, de creación de la entidad pública aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos. · BOE-A-2005-9403

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-07.

Texto consolidado

Corresponderá la vicepresidencia del Consejo de Dirección a un Director General del Departamento responsable de salud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, propuesto por el titular del mismo. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-07.

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