Artículo 11. Programa de actividades.
Artículo 11 de la Ley 3/1999, de 11 de marzo, de Creación del Instituto Energético de Galicia. · BOE-A-1999-8587
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-02-19.
Texto consolidado
El Instituto elaborará anualmente un programa de actividades en el que figuren los objetivos anuales, las acciones económicas y de promoción, las inversiones previstas y su evaluación económica.
Anualmente se remitirá al Parlamento un informe detallado del programa de actividades del Instituto.