Artículo 11. Clases de bienes.
Artículo 11 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés. · BOE-A-1999-8270
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-30.
Texto consolidado
Los bienes que integran el patrimonio cultural aragonés se clasifican en bienes de interés cultural, bienes catalogados y bienes inventariados.