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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 11. Régimen económico-financiero y patrimonial.

Artículo 11 de la Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal. · BOE-A-2007-17635

Atención: Ley 23/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Comisión tendrá patrimonio propio e independiente del patrimonio del Estado.

2. Los recursos de la Comisión estarán integrados por:

a) Los bienes y valores que constituyan su patrimonio, así como los productos y rentas del mismo.

b) Los ingresos obtenidos por la liquidación de las tasas que tengan por objeto la financiación del funcionamiento de la Comisión.

c) El importe de las sanciones y multas coercitivas previstas en esta ley.

d) Las transferencias que se efectúen, en su caso, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

e) Las donaciones y legados que reciba.

3. El control económico y financiero de la Comisión se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal..

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