Artículo 11. Fomento en canal Horeca y distribución.
Artículo 11 de la Ley 2/2025, de 12 de diciembre, de impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía. · BOE-A-2025-26848
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-19.
Texto consolidado
Se fomentará la implantación de medidas de visibilidad en el canal Horeca (hoteles, restaurantes y cafeterías) y en los centros de distribución, a través de campañas de promoción y publicidad de productos ecológicos.
Más artículos de Ley 2/2025
- ← Artículo 10. Fomento del consumo.
- → Artículo 12. Fomento de mercados locales, puntos de venta especializados y venta directa.
- Ver la norma completa: Ley 2/2025, de 12 de diciembre, de impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía.