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Ley Vigente

Artículo 11. Órganos competentes en materia de personal en la Administración del Principado de Asturias y su sector público.

Artículo 11 de la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público. · BOE-A-2023-10348

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-25.

Texto consolidado

Son órganos competentes en la materia de personal los siguientes:

a) El Presidente del Principado de Asturias.

b) El Consejo de Gobierno.

c) El Consejero competente en materia de empleo público.

d) El Consejero competente en materia presupuestaria.

e) Los Consejeros, en relación con el personal adscrito a sus respectivas Consejerías.

f) La Dirección General competente en materia de empleo público.

g) Las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías.

h) Los máximos órganos unipersonales de los organismos, entes públicos y demás entidades de derecho público a los que se refiere el artículo 2.1.b).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-25.

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