Artículo 11. Promoción del cooperativismo.
Artículo 11 de la Ley 2/2019, de 1 de marzo, de calidad alimentaria, calidad diferenciada y venta directa de productos alimentarios. · BOE-A-2019-5481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-28.
Texto consolidado
La Administración del Principado de Asturias, con la finalidad de incrementar el nivel de renta en el medio rural, promoverá el cooperativismo y otras fórmulas de economía social entre los operadores del sector alimentario. Asimismo, favorecerá la integración de las cooperativas y de otras entidades de naturaleza asociativa como medio para lograr los siguientes objetivos:
a) Mejorar la eficiencia y la competitividad de los operadores, incrementando la concentración de la oferta, así como su posición en los mercados y el control sobre el valor añadido de sus productos.
b) Incrementar el protagonismo de los operadores en la regulación de los mercados en los que operan, mediante su agrupación.
c) Poner en valor sus producciones, mejorando la formación y especialización de los equipos directivos y de gestión de las cooperativas y otras entidades de naturaleza asociativa, especialmente en las nuevas herramientas e instrumentos de gestión y comercialización.
d) Favorecer los procesos de transformación de los productos alimentarios y mejorar su acceso a los mercados.
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- Ver la norma completa: Ley 2/2019, de 1 de marzo, de calidad alimentaria, calidad diferenciada y venta directa de productos alimentarios.