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Ley Derogada

Artículo 11.

Artículo 11 de la Ley 16/1983, de 27 de julio, sobre Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública. · BOE-A-2012-4967

Atención: Ley 16/1983 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Director del Instituto Vasco de Administración Pública será nombrado; y en su caso cesado, por Decreto del Gobierno, a propuesta del Consejero de la Presidencia, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la Administración Pública.

Dicho cargó se regirá por el Estatuto de personal correspondiente a la categoría de Director, de conformidad con lo establecido en la Ley de Gobierno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-08-26.

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