Artículo 11. Catálogo municipal de caminos públicos.
Artículo 11 de la Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca. · BOE-A-2019-995
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-30.
Texto consolidado
1. El Catálogo municipal de caminos recoge los trabajos de investigación sobre la situación de los caminos del término municipal respecto a la titularidad pública, el interés patrimonial o senderista.
2. Respecto a la titularidad pública, el Catálogo municipal de caminos tiene la función de aportar las pruebas que sirvan para fundamentar el carácter público de un camino como bien de dominio público o bien patrimonial de la administración municipal.
3. El Catálogo municipal también recogerá las servidumbres públicas de paso de titularidad municipal.
4. Los caminos públicos y las servidumbres públicas de paso no incluidos en este catálogo no pierden, por este motivo, su naturaleza pública.
5. Por otro lado, este catálogo municipal no es asimilable a los catálogos que establece la legislación urbanística y no tiene la condición ni la finalidad propias de estos instrumentos de planeamiento.