Artículo 11.
Artículo 11 de la Ley 13/1988, de 28 de octubre, de Consejos Escolares de Euskadi. · BOE-A-2012-3818
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-13.
Texto consolidado
Reglamentariamente se establecerá la distribución de los representantes previstos en los tres primeros apartados del artículo anterior a fin de garantizar la participación proporcional de los distintos niveles y redes de enseñanza pública y privada.