Artículo 11. Procedimiento sancionador.
Artículo 11 de la Ley 12/1997, de 4 de junio, reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamiento de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-7942
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-11.
Texto consolidado
El procedimiento para la imposición de las sanciones establecidas en la presente Ley será el establecido en el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública de la Comunidad de Madrid.