Artículo 11. Director o directora.
Artículo 11 de la Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. · BOE-A-2007-15546
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-04.
Texto consolidado
1. El Gobierno, a propuesta del consejero o consejera del departamento competente en materia de seguridad pública, nombra y cesa al director o directora del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.
2. El director o directora del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña tiene la consideración de alto cargo asimilado al rango orgánico de director o directora general.