Artículo 10. Funcionamiento del Consejo de Dirección.
Artículo 10 de la Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. · BOE-A-2007-15546
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-04.
Texto consolidado
1. El funcionamiento del Consejo de Dirección, en todo lo que la presente ley o la normativa que la desarrolla no establezca, se rige por las disposiciones relativas al funcionamiento de los órganos colegiados que establece la legislación de procedimiento y régimen jurídico de las administraciones públicas aplicable a Cataluña.
2. El Consejo de Dirección se reúne en sesión ordinaria dos veces al año, convocado por el presidente o presidenta, y en sesión extraordinaria siempre que lo decida el presidente o presidenta o a instancia de una tercera parte de sus miembros.