Artículo 11. Prescripción.
Artículo 11 de la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. · BOE-A-2019-2364
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-13.
Texto consolidado
Las acciones de defensa de los secretos empresariales prescriben por el transcurso de tres años desde el momento en que el legitimado tuvo conocimiento de la persona que realizó la violación del secreto empresarial. Su prescripción se interrumpirá por las causas previstas con carácter general en el Código Civil.