Artículo 11. Incompatibilidades.
Artículo 11 de la Ley 1/2014, de 28 de febrero, de la Generalitat, del Comité Econòmic i Social de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2014-2949
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-06.
Texto consolidado
1. La condición de miembro del Comité será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo o actividad que impida o menoscabe el desempeño de las funciones que le son propias.
2. En particular, la condición de miembro del Comité será incompatible con la de:
a) Diputado o diputada de Les Corts y miembro de las Cortes Generales o del Parlamento Europeo.
b) Miembro del Consell o alto cargo de las administraciones públicas, de conformidad con la normativa aplicable.
c) Miembro de otros órganos o instituciones estatutarios o constitucionales.