Artículo 11. Incorporación de las mujeres al empleo y el autoempleo en el medio rural y en el sector agroalimentario.
Artículo 11 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. · BOE-A-2014-3562
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-21.
Texto consolidado
El conjunto de los instrumentos de aplicación de las políticas de desarrollo rural y las medidas que se desarrollen en el marco de la industria agroalimentaria contemplarán actuaciones específicas de apoyo a la incorporación de las mujeres al empleo y al autoempleo, en los mismos términos previstos en los artículos 7 y 8 para la incorporación de jóvenes.
Más artículos de Ley 1/2014
- ← Artículo 10. Actuaciones dirigidas a la participación de la mujer en el marco de las explotaciones agrarias.
- → Artículo 12. Carácter estratégico de las actividades de investigación, desarrollo e innovación en los sectores agrari…
- Ver la norma completa: Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León.