Artículo 11. Fiscalización.
Artículo 11 del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2020-90072
Atención: Decreto-ley 1/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los actos de contenido económico realizados por lo departamentos competentes en materia de sanidad y servicios sociales, y sus organismos públicos, necesarios para la cobertura de las medidas vinculadas a la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y que no puedan ser objeto de tramitación de emergencia, no estarán sometidos a la fiscalización previa por la Intervención de la Administración de la Comunidad Autónoma.
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