Artículo 11.
Artículo 11 del Decreto 1256/1969, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-1969-774
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-07-15.
Texto consolidado
La Junta Provincial designará de entre sus componentes a quien haya de actuar como Tesorero de la misma, sin que ni el Presidente, Secretario o Asesor puedan asumir tal cargo.