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Ley Vigente

Artículo 11.4-4 Cuota íntegra.

Artículo 11.4-4 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas. · BOE-A-2018-1870

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.

Texto consolidado

La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro:

Tipo de servicio

Importe (euros)

1

Escuelas de enseñanza náutica-deportiva.

1.1

Autorización de apertura y funcionamiento.

45,90

1.2

Modificación de la autorización inicial otorgada.

23,40

2

Centros de buceo recreativos.

2.1

Autorización de apertura y funcionamiento.

45,90

2.2

Modificación de la autorización inicial otorgada.

23,40

2.3

Renovación de la autorización inicial acordada.

20,40

3

Alquiler de embarcaciones deportivas o de recreo listas (lista 6ª del Registro de Buques) para actividades marítimas turístico-deportivas.

3.1

Tramitación declaración responsable de alquiler de embarcaciones lista 6.ª hasta 10 metros de eslora.

40,80

3.2

Tramitación declaración responsable de alquiler de embarcaciones lista 6.ª entre 10 y 15 metros de eslora.

81,60

3.3

Tramitación declaración responsable de alquiler de embarcaciones lista 6.ª superior a 15 metros de eslora.

122,40

3.4

Renovación de la tramitación de declaración responsable inicial otorgada (con independencia de la eslora de la embarcación).

20,40

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-31.

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