Artículo 108. De la representación y defensa de la Administración Autonómica.
Artículo 108 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2002-7297
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-27.
Texto consolidado
En el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional y en la vía administrativa previa, la representación y defensa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de su Administración Institucional corresponde a los Letrados del Gabinete Jurídico, en la forma que legal o reglamentariamente se determine.