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Real Decreto Vigente

Artículo 107. Director técnico.

Artículo 107 del Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares. · BOE-A-1998-29347

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-20.

Texto consolidado

Los Archivos Históricos e Intermedios Militares de los Subsistemas Archivísticos del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire contarán, asimismo, con un Director técnico, que será un funcionario del grupo A de la Administración del Estado con suficientes conocimientos archivísticos, pudiendo ser también, en el caso de los Archivos Intermedios, un funcionario del grupo B de la Administración del Estado, asimismo con suficientes conocimientos en archivística. Dependerá orgánicamente del Director del centro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-20.

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