Artículo 107. Declaraciones censales.
Artículo 107 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. · BOE-A-1988-29563
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-07-01.
Texto consolidado
(Derogado)#ddunica
Se modifican los apartados 1 y 3 por el art. 38 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-25412#a38
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 81, de 4 de abril de 2003. Ref. BOE-A-2003-6800
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 185, de 4 de agosto de 1989. Ref. BOE-A-1989-18723
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria..