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Ley Vigente

Artículo 107. Aplicabilidad a las Ordenanzas locales.

Artículo 107 de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-4920

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-20.

Texto consolidado

Los límites indicados en el artículo anterior tienen carácter de máximos y serán objeto de adecuación al proyecto constructivo de las instalaciones de depuración correspondientes, a través de las Ordenanzas a que se refiere el artículo 27.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-20.

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