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Ley Foral Vigente

Artículo 106. Régimen jurídico.

Artículo 106 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra. · BOE-A-2007-9893

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-13.

Texto consolidado

1. Las sociedades públicas se regirán por el ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de las especialidades establecidas en esta Ley Foral y en la normativa administrativa aplicable en materia presupuestaria, contable, de control financiero y contratación.

2. En ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen ejercicio de autoridad pública.

3. La creación, modificación y disolución de empresas por una sociedad pública corresponderá acordarla a sus órganos de gobierno de acuerdo con lo previsto en la legislación mercantil y sus disposiciones estatutarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-13.

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