Artículo 106. Reglas generales.
Artículo 106 de la Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria. · BOE-A-2022-13844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-22.
Texto consolidado
1. Los Planes y demás instrumentos de ordenación urbanística tendrán vigencia indefinida.
2. Sin perjuicio de lo previsto en esta ley para su ajuste por planeamiento de desarrollo y los instrumentos complementarios de planeamiento, la alteración del contenido de los Planes y demás instrumentos de ordenación urbanística podrá llevarse a cabo mediante la revisión de los mismos, o la modificación de alguno de sus elementos.