Artículo 106. Pruebas para la obtención de titulaciones y para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.
Artículo 106 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. · BOE-A-2008-1184
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-25.
Texto consolidado
1. La Administración educativa organizará periódicamente pruebas para la obtención de las siguientes titulaciones:
a) Pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para las personas mayores de dieciocho años.
b) Pruebas para la obtención del título de Bachiller para las personas mayores de veinte años.
c) Pruebas para la obtención del título de Técnico para las personas mayores de dieciocho años.
d) Pruebas para la obtención del título de Técnico Superior para las personas mayores de veinte años o, en su caso, diecinueve para aquellos que estén en posesión del título de Técnico.
2. Asimismo, se organizarán pruebas para acceder a las enseñanzas artísticas superiores para las personas mayores de diecinueve años.
3. Los requisitos de edad recogidos en los apartados anteriores se entenderán referidos al 31 de diciembre del año de realización de las pruebas.