Artículo 106.
Artículo 106 del Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales. · BOE-A-1973-208
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-03-05.
Texto consolidado
Para el cobro de los recibos de primas o de las aportaciones que deben realizarse por ingreso directo, que no hayan sido hecho efectivos en periodo voluntario, será de aplicación lo establecido en el Reglamento General de Recaudación aprobado por Decreto 3154/1968, de 14 de noviembre, y en la Instrucción General de Recaudación y Contabilidad aprobada por Decreto 2260/1969, de 24 de julio.